El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó este lunes a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) abstenerse de suspender los servicios médicos a los afiliados de Primera ARS y ARS Futuro, acogiendo una solicitud presentada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA). La decisión evita que la medida anunciada para este martes afecte la atención de más de 1.4 millones de personas.
La resolución fue emitida durante una audiencia virtual celebrada al amparo de la Ley 137-11, al considerar que la suspensión representaba una amenaza al derecho fundamental a la salud. El tribunal dispuso que las clínicas privadas mantengan los servicios mientras se conoce el fondo de la acción de amparo colectivo presentada por la DIDA.
El conflicto surgió por el reclamo de Andeclip para que se actualicen las tarifas que reciben de las administradoras de riesgos de salud (ARS). El gremio sostiene que los ajustes aplicados han sido insuficientes frente al aumento de los costos operativos, mientras que ARS Futuro solicitó quedar excluida de la medida al asegurar que no participa en las negociaciones tarifarias que originaron el desacuerdo.
El director de la DIDA, Elías Báez, afirmó que la decisión protege el derecho de los afiliados a recibir atención médica sin interrupciones. El proceso continuará el próximo 15 de julio, cuando el TSA conocerá el fondo del recurso, mientras la institución exhortó a los usuarios a denunciar cualquier negativa de servicios a través de sus canales oficiales.
