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Tribunal Constitucional ordena a la Policía pagar RD$2.8 millones por incumplir decisión judicial

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Dirección General de la Policía Nacional pagar RD$2,845,000 a Dulce María Lora Solís, viuda del general de brigada retirado José Antonio Feliciano Castillo, debido al incumplimiento parcial de una sentencia que reconoció derechos relacionados con la pensión de su fallecido esposo.

La decisión, contenida en la sentencia TC/0736/26, establece que el monto corresponde a 569 días de retraso, calculados a razón de RD$5,000 diarios, entre el 9 de julio de 2024 y el 29 de enero de 2026.

El tribunal determinó que la Policía Nacional cumplió parte de lo dispuesto en una sentencia anterior, la TC/0103/22, al adecuar la pensión de Feliciano Castillo y reconocer posteriormente el derecho de su viuda. Sin embargo, constató que no existe evidencia de que hayan sido pagados los valores retroactivos correspondientes al diferencial de pensión ordenado en aquella decisión.

La sentencia de 2022 dispuso que el retiro de Feliciano Castillo fuera reconocido con el rango de general de brigada de la Policía Nacional, con la correspondiente adecuación de su pensión y el pago retroactivo del diferencial dejado de percibir entre el 1 de marzo de 2007 y el 18 de septiembre de 2019.

La nueva decisión representa la segunda liquidación de astreinte relacionada con este caso. En junio de 2025, mediante la sentencia TC/0364/25, el Tribunal Constitucional había establecido una primera liquidación de RD$3,610,000 a favor de Lora Solís por el incumplimiento de la misma sentencia.

El TC explicó que es posible realizar una nueva liquidación cuando el incumplimiento continúa después del período que ya había sido calculado, debido a que se trata de un hecho nuevo y continuado.

Los jueces señalaron que la sentencia original fue debidamente notificada a la Policía Nacional y que, pese al tiempo transcurrido, la institución todavía no había cumplido completamente con el mandato judicial.

El Tribunal recordó que la astreinte tiene carácter conminatorio y no indemnizatorio. Su finalidad es ejercer presión sobre la parte obligada para que ejecute una decisión judicial.

Por ello, la Policía deberá pagar los RD$2,845,000 correspondientes al período establecido por el TC. Además, el tribunal advirtió que continuarán generándose nuevos valores por astreinte hasta que se produzca el cumplimiento íntegro de la sentencia.