Las magistradas Natividad Ramona Santos, Wendy Altagracia Valdez y Pilar Antonia Rufino Díaz presentaron una objeción formal ante el Consejo del Poder Judicial (CPJ) contra la decisión de trasladarlas de sus respectivas salas dentro de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
En una comunicación fechada el 22 de agosto de 2026 y dirigida al presidente del CPJ, Luis Henry Molina Peña, las juezas calificaron la medida como “arbitraria, ilegal y de retaliación”, al asegurar que los movimientos fueron aprobados sin haber sido solicitados ni contar con su consentimiento.
Los cambios, aprobados mediante un acta del Consejo del 19 de agosto, disponen el traslado de Santos de la Tercera a la Segunda Sala; de Valdez de la Segunda a la Tercera, y de Rufino Díaz de la Primera a la Tercera Sala.
Las magistradas fundamentaron su reclamo en el artículo 18 de la Ley 327-98 sobre Carrera Judicial, que invocan para sostener que un traslado requiere la anuencia previa del juez involucrado. También citaron la sentencia TC/0364/21 del Tribunal Constitucional, relacionada con la garantía de inamovilidad e independencia judicial.
Las juezas, quienes aseguran acumular más de 23 años de servicio en el Poder Judicial y alrededor de nueve años en sus respectivas salas, indicaron que la Dirección General de Administración y Carrera Judicial justificó la recomposición como “movimientos internos”, basada en criterios de experiencia y necesidades del servicio.
Sin embargo, las magistradas alegan que la decisión afecta su derecho al buen nombre y la inamovilidad judicial. También sostienen que los movimientos perjudican a juezas de carrera mientras favorecerían ascensos de magistrados hombres.
Las tres solicitaron al Consejo del Poder Judicial dejar sin efecto los traslados y concedieron un plazo de tres días hábiles para obtener respuesta. Advirtieron que, de no prosperar su petición, se reservan el derecho de acudir a las vías administrativas correspondientes.
