Inicio Nacionales Proyecto permitiría designar a un civil como jefe de la Policía Nacional

Proyecto permitiría designar a un civil como jefe de la Policía Nacional

Santo Domingo.– El diputado Elías Wessin Chávez, del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), depositó en la Cámara de Diputados un proyecto alternativo de Ley Orgánica de la Policía Nacional que contempla la posibilidad de que un civil sea designado como jefe de la institución.

La propuesta establece en su artículo 6 que el jefe de la Policía Nacional será designado y removido por el presidente de la República y podrá ser un oficial general activo o un civil ingresado, siempre que sea dominicano, posea formación superior compatible con el cargo y acredite experiencia y competencia profesional.

De aprobarse en esos términos, la disposición introduciría un cambio significativo en la conducción de la institución. El titular tendría bajo su responsabilidad el mando operativo y administrativo, la ejecución de las políticas de seguridad del Poder Ejecutivo, la distribución de fuerzas y recursos, así como la disciplina y eficiencia del servicio.

Wessin Chávez informó que la iniciativa, de 52 páginas, fue registrada en la Secretaría General Legislativa de la Cámara de Diputados y remitida también al presidente Luis Abinader a través de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. El legislador indicó que presentó la propuesta después de estudiar el proyecto de reforma policial que actualmente cursa en el Congreso, al que calificó de “prácticamente inaplicable” por su extensión y contenido.

La iniciativa retoma la denominación de “jefe de la Policía Nacional”, sustituida por la de “director general” con la entrada en vigor de la Ley 590-16, actual Ley Orgánica de la Policía Nacional.

Según el proyecto, ningún consejo, comité, subdirección u órgano administrativo podría ejercer un mando operativo paralelo al jefe de la Policía, quien respondería directamente ante el presidente de la República. Asimismo, el Ministerio de Interior y Policía no tendría mando operativo ordinario sobre las unidades policiales, salvo por delegación expresa del mandatario.

La propuesta también modificaría el papel del Consejo Superior Policial, que pasaría a desempeñar funciones consultivas y de asesoría, sin que sus recomendaciones sean vinculantes.

Otro de los puntos de la iniciativa permitiría al presidente de la República disponer un proceso extraordinario de reorganización y depuración de la Policía Nacional durante los primeros 18 meses posteriores a la entrada en vigor de la eventual ley.

En cuanto a los mecanismos de control, la Inspectoría General de Asuntos Internos pasaría a funcionar como un órgano especializado del Ministerio de Interior y Policía, con independencia funcional, técnica y operativa respecto de la jefatura policial.

El proyecto también establece límites para los registros personales y vehiculares. De acuerdo con el artículo 34, estos deberán realizarse por causa legal y respetando la dignidad y los derechos fundamentales. Las inspecciones de vehículos se limitarían a una revisión superficial y externa, salvo que exista otra autorización legal que permita ampliar el registro.

La pieza propone, además, prohibir que miembros de la Policía sean destinados de manera permanente o habitual a brindar seguridad a particulares, empresas, fundaciones u otras entidades privadas. El incumplimiento sería considerado una falta muy grave.

Sobre el uso de la fuerza, plantea que las actuaciones policiales respondan a los principios de legalidad, necesidad, racionalidad, proporcionalidad y progresividad, procurando utilizar el medio menos lesivo que resulte eficaz.

La iniciativa también eliminaría el ingreso directo con el rango de raso y establecería “agente patrullero” como categoría inicial. Además, contempla como faltas muy graves conductas relacionadas con corrupción, uso ilícito o excesivo de la fuerza, vínculos con organizaciones criminales, tráfico de armas o drogas, obstrucción de investigaciones y utilización de recursos policiales para fines privados.

La propuesta deberá agotar el proceso legislativo correspondiente en el Congreso Nacional antes de que cualquiera de estas modificaciones pueda entrar en vigor.